Deontología
La deontología vendría a
ser teoría ética que se ocupa de regular los deberes, traduciéndolos en
preceptos, normas morales y reglas de conducta, dejando fuera otros aspectos de
la moral que pudieren interferir. Al aplicarse al campo profesional hablamos de
deontología profesional la cual establece los deberes que son mínimamente
exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad.
Una de las críticas que
se vierten sobre los códigos deontológicos es su escasa utilidad y su
cuestionable legitimidad ya que, si todo acto mal hecho tiene su
correspondiente castigo recogido, en los Códigos Civil y Penal, se piensa que
no habría la necesidad de la existencia de un Código Deontológico. La causa y
necesidad de su existencia es que los profesionales necesitan una forma de
ajustar sus relaciones internas y las relaciones con los clientes a unas pautas
de conducta.
Características del
Código deontologico:
-
Autoreguladora: Los profesionales deben
autorregularse, ya que la función autorreguladora implica una constante
actividad crítica y evaluadora
-
Legalidad: Se exige una constancia de un
texto regulado con normas deontológicas a seguir lo cual es respaldado por la
jurisprudencia Constitucional.
-
Tipicidad: Es la ineludible necesidad de
la predeterminación normativa de las conductas ilícitas y sanciones
correspondientes.
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Exige una difusión para prevalecer su validez.
A la hora de atender a
las situaciones planteadas, las normas a tomar como máximo referente desde una
opinión subjetiva podrían ser las siguientes:
1.)
Independencia e
imparcialidad: el profesional liberal tiene el derecho y el deber de su total
independencia e imparcialidad en el desarrollo de su actividad profesional,
frente a toda clase de injerencias, intereses propios o ajenos, presiones,
exigencias o complacencias, evitando prejuicios y discriminaciones que mermen
su objetividad. La independencia es una cuestión fáctica, y la imparcialidad
una cuestión mental.
-
Esta norma es esencial a la hora de la
intervención a la hora de intervenir dado que el profesional requiere de total
compromiso y responsabilidad con el caso, por lo que no debe dejarse manipular,
chantajear o recibir ningún tipo de ofrenda en pos de influir en la idea del
profesional. El profesional es poseedor de plena libertad y autonomía a la hora
de establecer las medidas que considere necesarias, pero sin dejarse influir
por nadie o por intereses propios.
2.)
Honestidad e integridad: el profesional
liberal conservará un espíritu de justicia y fidelidad con todas aquellas
personas con las que, por motivo de su trabajo, entable relación. La primera
prioridad en la prestación de servicios profesionales deben ser los mejores intereses
del cliente o paciente.
-
El profesional debe hacerse cargo de
cualquier problema puesto que ha asumido toda responsabilidad en lo que al caso
concierne, siendo el primero en deber comprometerse y buscar la solución más
acertada y objetiva posible, siempre sin discriminar al usuario puesto que bajo
su cargo se encuentra la seguridad de este, por lo cual deberá dejar atrás todo
tipo de prejuicios y actuar de la manera mas correcta. De esta manera se
logrará conseguir justicia y un cierto balance equitativo que beneficie a
todos, de ahí también la necesidad de una imparcialidad.
3.)
Secreto Profesional: el profesional
liberal mantendrá el secreto profesional sobre todos aquellos datos, hechos o
cualquier tipo de información de carácter reservado a la que haya accedido en
virtud de su labor o trabajo profesional. Esta confidencialidad se impone por
la necesidad de que exista una absoluta confianza entre el profesional y
quienes acuden a solicitar sus servicios y por el necesario respeto a la
intimidad de éstos últimos.
-
El profesional no debe revelar para
empezar ningún tipo de información sobre el caso a nadie, a menos que así la
ley lo exija. Debe contrastar todo tipo de información y corroborar que es
verdadera antes de ser revelada para proteger al usuario y en caso de existir
testigos, protegerlos a toda costa.
4.)
Relaciones con otros agentes: el
profesional tratará a los agentes con los que se relacione en su actuar
profesional con el debido respeto y consideración del ámbito de las peculiares
competencias de cada uno, pero no permitirá que sean invadidas las áreas
específicas de su responsabilidad.
-
El profesional debe respetar las
decisiones de otros profesionales a cargo del caso, pero también posee el
derecho de no dejar que los otros profesionales no se entrometan en sus
acciones y decisiones tomadas, respecto a como proceder en el caso. Por lo
tanto, todos los integrantes a cargo del caso deben respetarse tanto
éticamente, como profesionalmente, sin menospreciar el trabajo de otro, por lo
que es necesaria una mínima serie de valores.
5.)
Protección Social: la dimensión social de
cada profesión condiciona al profesional a procurar la mayor eficacia de su
trabajo en cuanto a conseguir una óptima rentabilidad social y humana de los
recursos disponibles.
-
El profesional debe hacerse cargo del caso
y sacarles el máximo rendimiento posible a los recursos disponibles, a pesar de
que exista la posibilidad de escasez de recursos.
En cuanto a un ejemplo
de caso práctico, procederemos a resolver un dilema ético dentro de la
profesión del Trabajo Social a través del modelo de Ballesteros (2009) el cual
se rige por las siguientes propuestas:
1.) Concretar
el dilema ético y delimitar los principios que están en conflicto.
2.) Identificar
las personas e instituciones relacionadas con la causa, la situación actual o
la posible resolución del dilema.
3.) Analizar
las posibles soluciones y consecuencias.
4.) Filtro
ético. Comprobar que las soluciones son éticamente aceptables.
5.) Filtro
legal. Encontrar soluciones dentro de la ley para evitar soluciones ilegales.
6.) Filtro
de la ley social. Estudiar casos relacionados anteriormente en los que tuvo
lugar un mismo o parecido dilema ético. Se recurrirá, si fuera necesario, a
consultar al colegio profesional, intercambiar opiniones confidenciales con
otros colegas o consultas a expertos e investigadores. Se denomina así a ese
filtro porque los antecedentes se convierten en una especie de “jurisprudencia
social”, sobre la que apoyarse tras pasar los filtros legales y éticos.
7.) Reflexión
y decisión. Con la finalidad de proteger la autonomía del usuario y causar
daños menores a terceros, es necesario estudiar los casos y tomar las decisiones
oportunas.
8.) Seguimiento
y evaluación. Resuelto el dilema, tomada la decisión y puesta en práctica,
sería importante evaluar la calidad ética de la decisión para perfeccionar futuros
dilemas éticos parecidos y aumentar la experiencia profesional.
La situación a analizar será la de conseguir una custodia
compartida, a pesar de que uno de los dos progenitores sea maltratador. Siguiendo
el modelo de Ballestero realizaríamos todos los pasos mencionados anteriormente
de esta manera:
1.) El hecho de que uno de los padres sea
maltratador supone un peligro para el niño/a, lo cual atentaría contra los
principios de seguridad y protección del menor, el cual es un deber moral que
tiene toda la sociedad, proteger a los infantes de cualquier peligro.
2.) Las instituciones encargadas de este problema
son la patria potestad, la administración, la tutela y curatela, las personas
relacionadas pueden ser el Juez, el Fiscal, los padres, además de tutores o
curadores (bien podrían ser familiares o profesionales) en casos especiales,
pero intentamos conseguir que la custodia la consiga el progenitor no
maltratador y descartar toda posibilidad de custodia compartida.
3.) Se podría buscar pruebas que favorezcan a la
imposibilitación de custodia compartida y a que el progenitor maltratador no la
consiga. En caso de ello, se podría conseguir que el progenitor maltratador,
pueda ver a su prole por unas horas a modo de visitas o cada fin de semana quedarse
con el/ella, para evitar enfados o descontentos que generen conductas violentas.
Esto podría generar enfados y conductas violentas por parte del progenitor
maltratados, lo cual declinaría en una situación de conflicto.
4.) En caso de que el padre maltratador sea
despojado de la custodia de su hijo/a se le conceda un permiso de visitas o
recogidas los fines de semana, es una situación bastante vigilada y se encuentra
dentro de los limites legales, impidiendo así que el infante pueda correr
peligro, además de que es bastante justa analizando la situación.
5.) Visitas diarias, semanales o cada fin de
semana y recogidas los fines de semana.
6.) En caso de no saber como proceder, se puede
consultar a un profesional del mismo trabajo que se haya encontrado en un caso
similar anterior, una amiga o conocida que se sepa paso por el mismo proceso, o
consultar a expertos en el tema que puedan aportar información a la que
acogerse.
7.) Viendo que el progenitor es maltratador,
podemos optar por conseguir testigos para obtener pruebas sin revelar ningún
tipo de información y poniendo a dicho progenitor bajo vigilancia, o al
progenitor no maltratador bajo protección logrando así una seguridad. También
se podría llegar a un acuerdo, como señalar un punto de encuentro en caso de
que uno no quiera saber nada del otro y que el niño sea recogido ahí, en el
supuesto de que se consiga un permiso de fines de semana.
8.) En caso de ver que esta decisión no genera
conductas violentas y todo fuere como se preveia, se evalúa pasado un tiempo la
situación y se observa si ha funcionado efectivamente. En caso de ser así, en
una situación futura se podría usar el mismo método y buscar posibles mejoras.
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