Deontología


La deontología vendría a ser teoría ética que se ocupa de regular los deberes, traduciéndolos en preceptos, normas morales y reglas de conducta, dejando fuera otros aspectos de la moral que pudieren interferir. Al aplicarse al campo profesional hablamos de deontología profesional la cual establece los deberes que son mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad.

Una de las críticas que se vierten sobre los códigos deontológicos es su escasa utilidad y su cuestionable legitimidad ya que, si todo acto mal hecho tiene su correspondiente castigo recogido, en los Códigos Civil y Penal, se piensa que no habría la necesidad de la existencia de un Código Deontológico. La causa y necesidad de su existencia es que los profesionales necesitan una forma de ajustar sus relaciones internas y las relaciones con los clientes a unas pautas de conducta.

Características del Código deontologico:

-       Autoreguladora: Los profesionales deben autorregularse, ya que la función autorreguladora implica una constante actividad crítica y evaluadora

-       Legalidad: Se exige una constancia de un texto regulado con normas deontológicas a seguir lo cual es respaldado por la jurisprudencia Constitucional.

-       Tipicidad: Es la ineludible necesidad de la predeterminación normativa de las conductas ilícitas y sanciones correspondientes.

-       Publicidad: Exige una difusión para prevalecer su validez.


A la hora de atender a las situaciones planteadas, las normas a tomar como máximo referente desde una opinión subjetiva podrían ser las siguientes:

1.)     Independencia e imparcialidad: el profesional liberal tiene el derecho y el deber de su total independencia e imparcialidad en el desarrollo de su actividad profesional, frente a toda clase de injerencias, intereses propios o ajenos, presiones, exigencias o complacencias, evitando prejuicios y discriminaciones que mermen su objetividad. La independencia es una cuestión fáctica, y la imparcialidad una cuestión mental.


-       Esta norma es esencial a la hora de la intervención a la hora de intervenir dado que el profesional requiere de total compromiso y responsabilidad con el caso, por lo que no debe dejarse manipular, chantajear o recibir ningún tipo de ofrenda en pos de influir en la idea del profesional. El profesional es poseedor de plena libertad y autonomía a la hora de establecer las medidas que considere necesarias, pero sin dejarse influir por nadie o por intereses propios.

2.)    Honestidad e integridad: el profesional liberal conservará un espíritu de justicia y fidelidad con todas aquellas personas con las que, por motivo de su trabajo, entable relación. La primera prioridad en la prestación de servicios profesionales deben ser los mejores intereses del cliente o paciente.

-       El profesional debe hacerse cargo de cualquier problema puesto que ha asumido toda responsabilidad en lo que al caso concierne, siendo el primero en deber comprometerse y buscar la solución más acertada y objetiva posible, siempre sin discriminar al usuario puesto que bajo su cargo se encuentra la seguridad de este, por lo cual deberá dejar atrás todo tipo de prejuicios y actuar de la manera mas correcta. De esta manera se logrará conseguir justicia y un cierto balance equitativo que beneficie a todos, de ahí también la necesidad de una imparcialidad.

3.)    Secreto Profesional: el profesional liberal mantendrá el secreto profesional sobre todos aquellos datos, hechos o cualquier tipo de información de carácter reservado a la que haya accedido en virtud de su labor o trabajo profesional. Esta confidencialidad se impone por la necesidad de que exista una absoluta confianza entre el profesional y quienes acuden a solicitar sus servicios y por el necesario respeto a la intimidad de éstos últimos.

-       El profesional no debe revelar para empezar ningún tipo de información sobre el caso a nadie, a menos que así la ley lo exija. Debe contrastar todo tipo de información y corroborar que es verdadera antes de ser revelada para proteger al usuario y en caso de existir testigos, protegerlos a toda costa.

4.)    Relaciones con otros agentes: el profesional tratará a los agentes con los que se relacione en su actuar profesional con el debido respeto y consideración del ámbito de las peculiares competencias de cada uno, pero no permitirá que sean invadidas las áreas específicas de su responsabilidad.

-       El profesional debe respetar las decisiones de otros profesionales a cargo del caso, pero también posee el derecho de no dejar que los otros profesionales no se entrometan en sus acciones y decisiones tomadas, respecto a como proceder en el caso. Por lo tanto, todos los integrantes a cargo del caso deben respetarse tanto éticamente, como profesionalmente, sin menospreciar el trabajo de otro, por lo que es necesaria una mínima serie de valores.


5.)    Protección Social: la dimensión social de cada profesión condiciona al profesional a procurar la mayor eficacia de su trabajo en cuanto a conseguir una óptima rentabilidad social y humana de los recursos disponibles.

-       El profesional debe hacerse cargo del caso y sacarles el máximo rendimiento posible a los recursos disponibles, a pesar de que exista la posibilidad de escasez de recursos.

 En cuanto a un ejemplo de caso práctico, procederemos a resolver un dilema ético dentro de la profesión del Trabajo Social a través del modelo de Ballesteros (2009) el cual se rige por las siguientes propuestas:
1.)    Concretar el dilema ético y delimitar los principios que están en conflicto.
2.)    Identificar las personas e instituciones relacionadas con la causa, la situación actual o la posible resolución del dilema.
3.)    Analizar las posibles soluciones y consecuencias.
4.)    Filtro ético. Comprobar que las soluciones son éticamente aceptables.
5.)    Filtro legal. Encontrar soluciones dentro de la ley para evitar soluciones ilegales.
6.)    Filtro de la ley social. Estudiar casos relacionados anteriormente en los que tuvo lugar un mismo o parecido dilema ético. Se recurrirá, si fuera necesario, a consultar al colegio profesional, intercambiar opiniones confidenciales con otros colegas o consultas a expertos e investigadores. Se denomina así a ese filtro porque los antecedentes se convierten en una especie de “jurisprudencia social”, sobre la que apoyarse tras pasar los filtros legales y éticos.
7.)    Reflexión y decisión. Con la finalidad de proteger la autonomía del usuario y causar daños menores a terceros, es necesario estudiar los casos y tomar las decisiones oportunas.
8.)    Seguimiento y evaluación. Resuelto el dilema, tomada la decisión y puesta en práctica, sería importante evaluar la calidad ética de la decisión para perfeccionar futuros dilemas éticos parecidos y aumentar la experiencia profesional.

La situación a analizar será la de conseguir una custodia compartida, a pesar de que uno de los dos progenitores sea maltratador. Siguiendo el modelo de Ballestero realizaríamos todos los pasos mencionados anteriormente de esta manera:


1.)    El hecho de que uno de los padres sea maltratador supone un peligro para el niño/a, lo cual atentaría contra los principios de seguridad y protección del menor, el cual es un deber moral que tiene toda la sociedad, proteger a los infantes de cualquier peligro.

2.)    Las instituciones encargadas de este problema son la patria potestad, la administración, la tutela y curatela, las personas relacionadas pueden ser el Juez, el Fiscal, los padres, además de tutores o curadores (bien podrían ser familiares o profesionales) en casos especiales, pero intentamos conseguir que la custodia la consiga el progenitor no maltratador y descartar toda posibilidad de custodia compartida.

3.)    Se podría buscar pruebas que favorezcan a la imposibilitación de custodia compartida y a que el progenitor maltratador no la consiga. En caso de ello, se podría conseguir que el progenitor maltratador, pueda ver a su prole por unas horas a modo de visitas o cada fin de semana quedarse con el/ella, para evitar enfados o descontentos que generen conductas violentas. Esto podría generar enfados y conductas violentas por parte del progenitor maltratados, lo cual declinaría en una situación de conflicto.

4.)    En caso de que el padre maltratador sea despojado de la custodia de su hijo/a se le conceda un permiso de visitas o recogidas los fines de semana, es una situación bastante vigilada y se encuentra dentro de los limites legales, impidiendo así que el infante pueda correr peligro, además de que es bastante justa analizando la situación.

5.)    Visitas diarias, semanales o cada fin de semana y recogidas los fines de semana.

6.)    En caso de no saber como proceder, se puede consultar a un profesional del mismo trabajo que se haya encontrado en un caso similar anterior, una amiga o conocida que se sepa paso por el mismo proceso, o consultar a expertos en el tema que puedan aportar información a la que acogerse.

7.)    Viendo que el progenitor es maltratador, podemos optar por conseguir testigos para obtener pruebas sin revelar ningún tipo de información y poniendo a dicho progenitor bajo vigilancia, o al progenitor no maltratador bajo protección logrando así una seguridad. También se podría llegar a un acuerdo, como señalar un punto de encuentro en caso de que uno no quiera saber nada del otro y que el niño sea recogido ahí, en el supuesto de que se consiga un permiso de fines de semana.

8.)    En caso de ver que esta decisión no genera conductas violentas y todo fuere como se preveia, se evalúa pasado un tiempo la situación y se observa si ha funcionado efectivamente. En caso de ser así, en una situación futura se podría usar el mismo método y buscar posibles mejoras.

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